Bajas temerarias: calcula y justifica tu oferta

En la contratación pública, el precio es un arma de doble filo. Una oferta demasiado alta te deja fuera del mercado, pero una oferta excesivamente agresiva te coloca en la temida zona de "baja temeraria" o, técnicamente, presunción de anormalidad.
Tanto para las empresas licitadoras como para los órganos de contratación, la gestión de estas bajas temerarias es un punto crítico de fricción y riesgo legal.
En esta guía técnica desglosamos la fórmula matemática detrás del riesgo y cómo la tecnología está automatizando tanto el cálculo como la justificación.
Cómo calcular bajas temerarias: la fórmula matemática detrás del riesgo
La "temeridad" no es una opinión subjetiva; es un umbral matemático definido estrictamente en los pliegos. Según el Artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) y el Artículo 98 de la Ley Foral de Contratos Públicos, los parámetros objetivos para identificar estas ofertas deben estar previstos en los pliegos.
El problema radica en que el umbral es dinámico. No es un porcentaje fijo (ej. "baja superior al 20%"), sino que depende del comportamiento del resto de licitadores. Esto convierte la licitación en un escenario de teoría de juegos: tu límite de seguridad depende de las ofertas de tus competidores, las cuales desconocemos hasta la apertura del sobre económico.
Ejemplo práctico de cálculo de umbral
Imaginemos una licitación de limpieza con 5 ofertas. La fórmula típica marca la temeridad en 10 puntos porcentuales por debajo de la media aritmética.
| Licitador | Oferta (€) | Baja (%) |
|---|---|---|
| Empresa A | 100.000 | 0% |
| Empresa B | 90.000 | 10% |
| Empresa C | 85.000 | 15% |
| Media aritmética | 91.666 € | 8,33% |
| Umbral temeridad | Media - 10 pp | 18,33% |
En este escenario, cualquier oferta con una baja superior al 18,33% entraría en baja temeraria y requeriría justificación.
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Cómo justificar una oferta anormalmente baja (para empresas que licitan)
Si tu estrategia implica ir al límite, debes tener preparado el informe de justificación antes de enviar la oferta. Preparar esta documentación a posteriori, con un plazo de requerimiento que suele ser de 5 días hábiles (o menos según el pliego), es garantía de fracaso.
La ley establece 4 vías para justificar la viabilidad de tu oferta (Art. 149.4 LCSP):
- Ahorro en el procedimiento de ejecución: Demostrar métodos más eficientes (proceso de fabricación industrializado, etc.).
- Soluciones técnicas o condiciones favorables: Ventajas exclusivas de tu empresa (ej. stock propio amortizado).
- Originalidad: Innovación en la propuesta que reduce costes.
- Cumplimiento estricto: Acreditar que, pese al precio, se respetan las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social y laboral (incluidos los convenios colectivos sectoriales vigentes).
Consejo: No utilices argumentos genéricos ("somos muy eficientes"). Desglosa costes unitarios, aporta compromisos firmados de proveedores y demuestra el margen real, aunque sea mínimo.
El reto de la administración: detección y valoración (para entidades del sector público)
Para el técnico de contratación, la recepción de ofertas conlleva la tediosa tarea de volcar datos en hojas de cálculo para aplicar las fórmulas del PCAP y detectar quién ha cruzado la línea roja. Un error en esta fórmula puede viciar de nulidad todo el procedimiento.
Una vez identificada la baja temeraria, el órgano de contratación debe requerir justificación. El verdadero dolor de cabeza llega al evaluar esa justificación: ¿Es creíble ese ahorro de costes? ¿Se está vulnerando el convenio colectivo para lograr ese precio? La mesa de contratación necesita datos objetivos para aceptar o rechazar la justificación con seguridad jurídica.
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Preguntas frecuentes sobre bajas temerarias
¿Cuándo se considera una oferta anormalmente baja?
Cuando supera los límites paramétricos definidos en los pliegos (PCAP). Si los pliegos no lo definen, se aplica la normativa general del Art. 85 del RGLCAP.
¿Qué pasa si no justifico adecuadamente una baja temeraria?
Tu oferta será rechazada y excluida del procedimiento de licitación. No podrás ser adjudicatario aunque tengas el precio más bajo.
¿Cuánto tiempo tengo para justificar mi oferta?
La normativa general (RGLCAP) establece 5 días hábiles, aunque la Ley permite fijar un "plazo suficiente" que el pliego podría reducir. En cualquier caso, es un plazo muy breve para armar un informe económico complejo.
Conclusión: Precisión para evitar riesgos
Las normas sobre bajas temerarias son un mecanismo de defensa del sistema.
- Para las empresas privadas, entender la fórmula es vital para proteger su adjudicación.
- Para la administración pública, tener acceso a esta información es clave para agilizar la adjudicación.
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